
Lo curioso es que cuando se cometen las agresiones en contra del ambiente o de los recursos naturales, así en el estropicio esté involucrada alguna autoridad no muy bien informada del orden municipal, las restantes autoridades ambientales constituidas por ministerio de la Constitución y de la ley y dotadas de todo el poder de coerción del Estado, parecieran adormiladas y solo después de muchos cálculos y consideraciones políticas, se deciden a actuar cuando su intervención ya puede ser tardía, ineficaz o inútil.
Si bien es cierto que algunas autoridades con su indiferencia favorecen y estimulan los atropellos y la violación de la ley, no menos responsabilidad les cabe a algunas firmas de constructores para quienes el tema ambiental constituye un pesado lastre para su gestión de negocios. Al parecer no les preocupa el ordenamiento legal porque, según sus experiencias carece de dientes. Mucho menos los inquietan las consideraciones de carácter ético, las cuales desde luego están más allá de la propia ley. Resulta suficiente internarse por las carreteras de la Sabana Norte para contemplar la devastación de los cerros tutelares, sobre los cuales se pueden apreciar antiestéticas construcciones de dos y tres pisos, edificaciones sobre las rondas de los ríos, barrios enteros anegados con el primer aguacero que cae porque fueron levantados sobre rellenos hechos con escombros en los humedales y sin alcantarillados eficientes.
Hace algunos días el país volvió a tener noticias acerca de las conclusiones redactadas por la Misión de Estudios para la Definición de Lineamientos de Políticas para el Desarrollo Integral de la Sabana de Bogotá, grupo del cual hicieron parte lo más selecto de nuestras autoridades ambientales, académicos y gestores del desarrollo urbano: Rogelio Salmona, Eduardo Aldana Valdés, Julio Carrizosa, Manuel Rodríguez, Germán Samper, Thomas van der Hammen entre otros, quienes con angustia expresaron en 1999: “Una idea surgida a mediados del siglo XX, basada en la creencia errada de que esos recursos eran inagotables, llevó a que se permitiera el crecimiento y la expansión desordenada de las poblaciones humanas sobre el territorio con la consecuente destrucción de una parte muy importante de su patrimonio ecológico”.
La coherencia del pensamiento de los miembros de la Misión, ya había sido recogida por el artículo 61 de la Ley 99 de 1993 el cual estableció: “Declarase la Sabana de Bogotá, sus páramos, aguas, valles aledaños, cerros circundantes y sistemas montañosos como de interés ecológico nacional, cuya destinación prioritaria será agropecuaria y forestal”. Quiso con esto el Congreso de la República en desarrollo de la nueva Constitución, establecer una especie de “detente” a la irracional tarea depredadora emprendida en contra de la Sabana, aunque en forma tardía pues la Capital ya se había devorado a Fontibón, Suba, Usaquén, Engativá… pavimentando potreros, destruyendo los cerros, asfixiando los humedales y quitándole cualquier posibilidad de vida a la alcantarilla común constituida por el Río Bogotá. El Concejo municipal de Chía, consciente de que la ley no era otro himno mas a la bandera, con la asesoría de la Universidad Nacional expidió el Acuerdo 17 del año 2000, el cual recoge el Plan de Ordenamiento Territorial POT, y no solo reprodujo de manera textual la previsión de la Ley 99 sino que estableció de manera tajante y como medida para la protección del suelo agrícola de la Sabana, que la construcción de vivienda de interés social, solo se haría “en las áreas no urbanizadas dentro del actual perímetro urbano de Mercedes de Calahorra y Samaria, mediante el uso de los instrumentos que la ley contempla, en especial la formulación de planes parciales concertados con los propietarios de los predios y el diseño de las actuaciones urbanísticas correspondientes”.
Pero como ha sido usual que las leyes y las disposiciones ambientales se incumplan, que las autoridades sean ignoradas, en Chía se pretende mediante una reforma que será aprobada de manera precipitada y sin el sustento técnico suficiente, adelantar un proyecto de vivienda de interés social por fuera de los límites del actual Acuerdo 17 o POT, desarrollado sobre tierras de vocación agrícola que han mantenido su integridad desde los tiempos de la colonia. Se invadirá la ronda del Río Frío mediante el sofisma de cesiones y asentando en ella edificios de cuatro pisos para una población sin anclajes en el municipio y superior a veinte mil personas. Alguien puede creer que la vivienda de interés social es la versión contemporánea de los cotos de caza electorales del pasado, pero la historia electoral del país demuestra que es allí en donde la política ramplona ha sido derrotada en forma sistemática. Lo grave es que el daño ecológico queda consumado en medio de la mayor impunidad.
La nueva perturbación y el daño que se le ocasionará al ambiente en la Sabana, afecta nos afecta a todos y no solo a los habitantes del municipio, lo cual compromete nuestros mejores esfuerzos para evitar que se consume un daño en verdad irreparable.
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